Para el abogado de Lorenzetti, la detención de su defendido es “una situación de extrema injusticia”

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El abogado penalista, Carlos Salomón, defensor de Diego Lorenzetti, aseguró este miércoles que la detención del ex intendente de La Calera, es “una situación de extrema injusticia” y que “se han vulnerado todas las garantías de defensa”.

En un comunicado que envió a los medios, Salomón advirtió que  “la situación actual puede calificarse como la continuidad del accionar de la Justicia privando a Diego Lorenzetti y a sus consortes de causa de toda posibilidad de ejercer su derecho constitucional de defensa en juicio”.

El profesional describió una serie hechos que lo llevan a sostener la inocencia de Lorenzetti, quien está detenido acusado de ser el autor intelectual del homicidio de su esposa, Romina Aguilar.

En primer lugar señala que “habiendo surgido de las declaraciones de la causa que dos informante-dateros y el personal policial interviniente tenían una relación espurea, lo que explicaba el armado de la causa en perjuicio de Diego Lorenzetti, especialmente una grabación de un llamado telefónico de uno de los informantes de la policía Gastón Nadalini a Rodolfo Mattuz, mediante un teléfono celular que según sus propios dichos se encontraba en el taller mecánico donde trabajaban, se procede a pedir el secuestro de dicho teléfono”.

Sobre este punto observó que “efectivamente, con fecha 22 de agosto de este año se pide el allanamiento y secuestro del teléfono-que está individualizado en la causa, puntualizando que se  tramitara en forma reservada y urgente”.

“El Juez ante esa petición reservada y urgente cajonea el escrito, y casi veinte días después el 12 de septiembre emite un proveído donde:

– Deniega el secuestro de los teléfonos del personal policial.

– Pero fundamentalmente dice que en relación al pedido de allanamiento de los domicilio de Gaston Nadalini y Franco Manuel Franco Mitchell Puebla. Pasen Autos a Resolve.

– Este Decreto fue publicado en el Sistema IURIX, siendo de conocimiento del Sr. Juez que inmediatamente implicaba que su decisión era conocida por abogados y otras personas”

Era obvio que hay abogados interesados en que esta medida no fuera exitosa”, advierte Salomón.

“Y ante esta gravísima e irreparable violación de la reserva de la medida se hizo fracasar una medida fundamental para probar- aún más- que  Lorenzetti es víctima del armado de un sumario, en el que se refleja claramente la pata política de la cuestión”, añadió el abogado.

“Esto es así porque cuando después de la publicación de la noticia del allanamiento de los informantes Franco y Gastón, se realiza la medida en el taller mecánico y –lógicamente- no se encuentra el teléfono celular cuyo número consta en la causa, ni ningún otro”, indicó.

“La violación de reserva y celeridad por parte del Juzgado, la publicación en el Sistema IURIX, se reitera frustró que la medida solicitada por la defensa fuera exitosa”, aseguró.

“El gran interrogante cual es la causa por la que el Juez si consideraba que la medida era procedente, tardó veinte días y antes de ejecutarla publicó el pedido de esta Defensa en el Sistema IURIX, lo que determinó que el allanamiento al taller mecánico fuera negativo y obviamente que el teléfono que se buscaba no fuera encontrado”, evaluó Salomón.

“El Juez jamás designo formalmente al Teniente Primero Daniel Giles, Funcionario Policial de la DAIC como perito. Cuando ha pedido de esta Defensa se requirieron sus antecedentes, se informó que tenía 12 años de experiencia en la DAIC y que había estado en más de mil juicios”, resaltó.

“Nada se contestó respecto a los títulos, formación académica y/o especializaciones que detentaba esta persona de modo de estar en condiciones de presentar un perito de parte. Ejemplo: Si el Juez designa un perito en accidentología, la Defensa busca un perito en esa especialidad o un perito físico. El Teniente Giles no aportó ningún elemento que nos permitiera saber de qué modo y/o medios iba a realizar la supuesta pericia y solo se había invocado 12 años de experiencia?, de lo que surge que el Juzgado ha impedido que hubiese un perito para efectivizar el contralor correspondiente, cercenando el Derecho de Defensa en Juicio”, resaltó.

“Desde la fecha de presentación del informe del Teniente Giles han transcurrido 11 días hábiles y hasta la fecha y el Juzgado no provee la copia correspondiente impidiendo que las Defensas puedan ejercitar el Derecho de Defensa en Juicio, ingresando en una nueva zona oscura en este procedimiento penal”, aseveró.

“Sin lugar a dudas, esta causa palmariamente está siendo tramitada en franca transgresión de los Derechos y Garantías de la Personas. El justiciable Lorenzetti está privado de la libertad por decisiones Jurisdiccionales ajenas al plexo de la causa”, sostuvo Salomón en el documento que mandó a los medios.

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