El juez federal de Paraná, Daniel Edgardo Alonso, hizo lugaral amparo de un turista y declaró que son inconstitucionales las fotomultas porexceso de velocidad en las rutas nacionales de Misiones, pero el fallo podría seraplicado por otros magistrados y extenderse a todo el país.
La presentación judicial fue realizada por el abogadoentrerriano Diego Beber Brunner, quien cuestionó la legalidad del sistema.
El demandante había sido intimado por carta a raíz de unsupuesto exceso de velocidad en el kilómetro 1.430 de la ruta nacional 12, el 9de enero último.
El juez cuestionó –en un extenso fallo– a la Policía deMisiones porque no aplicó la metodología establecida en el artículo 70 delReglamento Nacional de Tránsito, sino que sólo se limitó a aplicar un sistemaautomático “que no puede actuar como mecanismo preventivo de siniestralidadvial”.
“En momento alguno se detuvo la marcha del vehículopresuntamente en infracción, no se identificó al conductor, ni tampoco se leretuvo la Licencia de conducir”, sostuvo el juez en la resolución.
“¿Cuál sería la actividad preventiva cuando se permiteque el presunto infractor continúe circulando supuestamente eninfracción?”, se preguntó.
“Más que el interés en la seguridad y la finalidad deobtener la introyección en los automovilistas de pautas de conducta de respetoa los derechos de los demás, el móvil meramente recaudatorio o fiscalista es elperseguido”, consideró.
Y añadió: “Imputar responsabilidad al titular registralde un vehículo, sin haber realizado el mínimo esfuerzo para individualizar alconductor presuntamente infractor, es como responsabilizar al titular dominialde un inmueble donde se cometió un ilícito por su sola condición de tal”.
Fuente Cadena 3