Punto Aparte
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Villa Mercedes: Perpetua para el femicida de Tamara Olguín

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Tamara Olguín, de 16 años y embarazada de cuatro meses, fue asesinada de un disparo en la cabeza por su pareja, Kevin Samuel Avallay, quien ayer fue condenado a prisión perpetua  por la Cámara Penal N° 1 de la ciudad de Villa Mercedes.

El tribunal emitió un fallo unánime. No dudó en aplicarle la máxima condena tras probar que Avallay efectivamente quiso matar a Tamara de un tiro.

La causa fue caratulada “AVALLAY KEVIN SAMUEL – HOMICIDIO DOBLEMENTE CALIFICADO Y OTRO” y para la familia de Tamara la condena fue justa.

El femicida habló antes de conocer la sentencia: “Soy consciente de lo que hice. Sé que estuve mal, quería pedir perdón a la familia de la chica”.

El hecho ocurrió el 20 de marzo de 2017 en el domicilio de Comandante Videla Nº 1622 del Bº Km 4.  Ese día se produjo un hecho con un arma de fuego protagonizado por Kevin Samuel Avallay, con el resultado de que un proyectil percutado hirió de muerte a quien era su pareja en ese momento, Tamara Olguín, quien cursaba un embarazo de cuatro meses.

Ayer en el cierre del juicio oral, el debate inició con los alegatos de la defensa, a cargo de Pascual Celdrán, quien aseguró que en la causa no se divisó claramente la intención de matar de su defendido y que la muerte de Tamara Olguín se produjo en forma accidental y por eso solicitó al Tribunal que se lo condene por el delito de homicidio culposo.

Al mediodía del lunes, después de un cuarto intermedio, se dio a conocer el veredicto. El tribunal, integrado por Sebastián Cadelago Filippi – Presidente-  y  Virna Milena Eguinoa y Hernán Herrera – Vocales–, declaró a Kevin Samuel Avallay como autor penalmente responsable del delito de homicidio calificado por mediar o mantener una relación de pareja y aborto preterintencional en concurso ideal, de acuerdo a lo previsto en el Art. 80 Inc. 1, 87 y 54 del Código Penal.

El fallo

“Villa Mercedes (San Luis), seis de Mayo de dos mil diecinueve.

Y VISTO: En mérito al resultado obtenido en la votación del acuerdo que antecede y lo dispuesto por los arts. 356 y siguientes del Cód. de Procedimientos Criminales, SE RESUELVE:

1)- Declarar a AVALLAY KEVIN SAMUEL, con demás datos personales obrantes en autos, como AUTOR penalmente responsable del delito HOMICIDIO CALIFICADO POR MEDIAR O MANTENER UNA RELACION DE PAREJA Y ABORTO PRETERINTENCIONAL EN CONCURSO IDEAL (Art.80 inc.1°, 87 y 54 del C.Penal) en perjuicio de TAMARA OLGUIN y de la persona por nacer y condenarlo a sufrir la pena de PRISIÓN PERPETUA, accesorias legales y costas procesales, disponiendo su alojamiento en el Servicio Penitenciario Provincial

2)- Téngase presente las Reservas formuladas por la Defensa.-

Protocolícese, hágase saber y oportunamente bajen.

Fdo. Dres. EDUARDO SEBASTIAN CADELAGO FILIPPI- VIRNA M. EGUINOA – HERNAN D. HERRERA. – Por ante mí que doy fe Dr. HECTOR LAZZARI- SECRETARIO SUBROGANTE.”

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