Amplían las prohibiciones para la venta y consumo de alcohol en La Punta

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Los comercios no podrán venderles a los menores de 18 años durante las 24 hs ni tampoco a los mayores entre las 23 y las 8 hs. Se prohíbe además el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública o espacios públicos, puerta y adyacencias de escuelas, entre otros lugares.

 

El intendente Darío Rosas Curi promulgó la ordenanza N° 208 que prohíbe la venta de bebidas alcohólicas a menores de 18 años y su expendio a mayores de 18 años, entre las 23 y las 8 hs. del día siguiente, en todos los establecimientos comerciales del ejido municipal de la ciudad de La Punta.

 

La normativa -complementaria de la ordenanza N° 16- establece también la prohibición al consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública o en espacios públicos, en la puerta y adyacencias de escuelas públicas y privadas, edificios destinados a cultos religiosos, mercados,  almacenes, despensas, rotiserías, autoservicios, estaciones de servicio, kioscos, servicompras y shops.

 

Tampoco se podrán consumir bebidas alcohólicas en el interior de los vehículos dentro del ejido municipal.

 

La ordenanza N° 208, que entrará en vigencia en los próximos días a partir de la publicación en el boletín oficial, complementa la Nº 16-HCDCDLP-2008 que tiene como objetivo la regulación de aspectos relativos al consumo y comercialización de bebidas alcohólicas por parte de los menores y los comercios de nuestra ciudad.

 

La nueva ordenanza si permite a mayores de edad el consumo de bebida alcohólicas en bares, restaurantes, pizzerías, confiterías, discotecas, confiterías bailables, clubes, shopping, incluyéndose los espacios públicos habilitados para tal fin por la municipalidad, de acuerdo a la normativa en vigencia.

 

Los locales con expendio de bebidas alcohólicas en cualquiera de sus formas deben contar obligatoriamente con un cartel indicativo, en lugar preferencial y de fácil lectura.

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