El Concejo Deliberante de la ciudad de San Luis sancionó una ordenanza que adhiere a la Ley Nacional de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres y a la Ley Provincial de “Acoso Sexual Laboral y Violencia Laboral”.
En la capital puntana la norma local se denominó “Ordenanza de prevención, erradicación y sanción del acoso callejero”, establece un protocolo de acción y lo considera como “toda práctica de connotación sexual ejercida por una persona desconocida en espacios públicos”.
Las acciones que serán sancionadas por el Juzgado de Faltas –órgano de aplicación – son agravios mediante la palabra; alusiones y/o gestos contra una o más personas sin su consentimiento; conductas inapropiadas mediante tocaciones, masturbación pública, exhibicionismo, seguimiento, persecución y arrinconamiento (a pie o en cualquier vehículo).
También serán reprimidas, las miradas lascivas, piropos, silbidos, besos, bocinazos, jadeos y ruidos, gestos obscenos, comentarios directos o indirectos al cuerpo, fotografías, grabaciones que vulnere la libre circulación, seguridad, dignidad e integridad.
Las sanciones que establece esta ordenanza son multas desde los $2500 hasta los $62.500 o arrestos de tres a 10 días y medidas complementarias como asistencia a talleres de capacitación y/o jornadas de trabajo comunitario orientado a la temática.